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Publicado el Reglamente del uso medicinal del Cannabis

Publicado el Reglamente del uso medicinal del Cannabis

El pasado 12 de enero, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Reglamento de la Ley General de Salud, donde se cubren 4 puntos esenciales: regulación, control, fomento y vigilancia sanitaria del cannabis como materia prima, sus derivados farmacológicos y los medicamentos de la cannabis.

a) Producción primaria para abastecer la fabricación de insumos para la realización de diagnósticos, preventivos, terapéuticos, de rehabilitación y cuidados paliativos, así como generar materia prima para investigación y producción de semilla.
b) Investigación para la salud y farmacológica.
c) Fabricación de derivados farmacológicos y medicamentos.
d) Médicos para la realización de diagnósticos, preventivos, terapéuticos, de rehabilitación y cuidados paliativos.

Lo que permitirá a las empresas farmacéuticas comenzar a realizar investigaciones médicas sobre productos de cannabis.

Recordemos que el Senado de México aprobó el pasado 19 de noviembre la legalización de la marihuana para usos médico, recreativo, científico e industrial con la intención de disminuir la violencia derivada del narcotráfico. Si bien este año será debatido su aprobación definitiva por parte de los diputados, tras posponerse el debate a finales de año pasado.

Si se despenaliza totalmente, México podrt1a llegar a ser el mercado de cannabis mas grande del mundo, así disminuir la actividad de los cárteles de la droga.

Por parte de la a Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, a través del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, se encargará de regular y promover la sanidad del cannabis, así como la aplicación, verificación y certificación de los sistemas de reducción de riesgos de contaminación física, química y microbiológica en la producción primaria.

El Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas, responsable de regular la producción de semillas certificadas, la calificación, comercialización y puesta en circulación de todas las semillas del cannabis.

La Secretaría de Salud, a través de Cofepris, encargada de la regulación, control y fomento sanitario relacionados con los fines de investigación, fabricación y médicos, así como el control y seguimiento en el testado y trazabilidad.

En torno a la venta de medicamentos, se señala que sólo se hará con recetas que contendrán un código de barras y que sólo podrán ser emitidas por médicos autorizados.

Conjuntamente, las farmacias también necesitarán un permiso para suministrar al público los medicamentos y deberán elaborar un registro de los pacientes.

Publicado el Reglamente del uso medicinal del Cannabis
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