Jueves, 25 de Abril de 2024
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Por matar o torturar a un animal, puede ir hasta tres años a la cárcel

Por matar o torturar a un animal, puede ir hasta tres años a la cárcel

La multa podría ser de casi 100 mil pesos e incrementar depende de la gravedad del hecho

Aquella persona torture o mate a un animal, podría ir a la cárcel hasta 3 años y pagar una multa de casi 100 mil pesos.
Lo anterior, con base en el Código Penal del Estado de Jalisco y tras una serie de muertes provocadas por envenenamiento en la zona de Sendero de Luna, donde vecinos del lugar han reportado la muerte de perros y gatos.
Y es que de acuerdo al Artículo 306 del Código Penal del Estado de Jalisco, “a quien con la intención de causarle un daño le provoque la muerte a un animal, se le impondrán de seis meses a tres años de prisión”.
De la misma manera, pagará una multa de doscientos a mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), la cual ascendería a los 96 mil 220 pesos, toda vez que el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) es de 96.22 pesos mexicanos.
De la misma manera, en caso de ejercer profesión relacionada con el cuidado animal, el agresor podrá ser inhabilitado profesionalmente, así como el aseguramiento de los animales que estén bajo su resguardo.
La pena se incrementará –añade el código- en una mitad cuando se ocasione un grave sufrimiento al provocar la muerte no inmediata, prolongando la agonía del animal.
De la misma manera, con base en el Artículo 305 del mismo código, “se impondrán de veinte a ochenta jornadas de trabajo y multa por el equivalente de veinte a cincuenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (hasta 4 mil 811 pesos), a quien de manera intencional y derivado de actos de maltrato y crueldad cause lesiones a cualquier animal y que de manera evidente se refleje un menoscabo en la salud del animal, sin afectar de manera permanente el desenvolvimiento y las funciones propias del animal.
De la misma manera, se impondrán de ochenta a ciento veinte jornadas de trabajo y multa por el equivalente de cien a trescientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (hasta 28 mil 866 pesos), a quien, con la intención de causar un daño a un animal, realice actos de maltrato y crueldad que lesionen de forma evidente y afecten de manera permanente las funciones físicas de un animal o que pongan en riesgo la vida del mismo.
De la misma manera, de acuerdo con la Ley de Protección y Cuidado de los Animales en su Artículo 68, señala que “toda persona podrá denunciar ante las autoridades competentes todo hecho, acto u omisión que contravenga las disposiciones de la presente ley, de tal manera que si por la naturaleza de los hechos denunciados se tratare de asuntos de competencia del orden federal o sujetos a la jurisdicción de otra autoridad federativa, las autoridades deberán turnarla a la autoridad competente, añade el Artículo 69.
La denuncia podrá presentarse por escrito, comparecencia, vía telefónica o cualquier otro medio, siempre y cuando se revelen los actos denunciados y las circunstancias de tiempo y lugar en que se realizaron, detalla el Artículo 70 de la misma ley.
De tal manera que la denuncia se puede hacer de manera telefónica al 911 y de manera escrita o por comparecencia ante la Fiscalía Estatal.

Por matar o torturar a un animal, puede ir hasta tres años a la cárcel
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